10 años de vida de la AEV

El pasado 10 de octubre se cumplían diez años desde la firma del Acta Fundacional de la Asociación Española de Análisis de Valor (AEV), cuya andadura comenzó en 2012 a iniciativa de tres de las principales sociedades de tasación españolas en aquel momento: ST Sociedad de Tasación, Tinsa y SIVASA. Los esfuerzos iniciales de estas tres compañías fundadoras, junto a los del resto de empresas que pronto se unieron a este proyecto, sirvieron para ofrecer al sector de la tasación un punto de encuentro y representación capaz de impulsar, gracias a la fuerza de la unión, la profesionalidad, rigor y visibilidad de una industria tan esencial como, en ocasiones, desconocida. Ahora, con motivo de su décimo aniversario, merece la pena echar la vista atrás para realizar un breve recorrido por los principales hitos de su historia.

Desde su constitución, la AEV ha estado abierta a cualquier compañía dedicada al ejercicio de la valoración, y ha perseguido tres objetivos básicos: por un lado, favorecer el desarrollo de la actividad del sector de la valoración, la tasación y el análisis del valor, en beneficio del interés general; por otro, promover buenas prácticas profesionales encaminadas a garantizar la independencia, autorregulación, transparencia y rigor técnico de sus asociados; y, finalmente, defender los intereses y reputación de este sector.

Así, en términos de representatividad del sector, el crecimiento de la AEV ha sido exponencial desde su misma fundación, hasta haber logrado aglutinar, a día de hoy, a un total de 28 empresas dedicadas a diferentes ramas de la actividad de la valoración y la consultoría. De ellas, 22 corresponden a sociedades de tasación homologadas por el Banco de España, con una cuota de mercado agregada de la actividad regulada cercana al 90%.

Con el fin de garantizar una adecuada y fluida conexión entre el sector de la valoración en España y todos sus stakeholders, tanto nacionales como internacionales, la AEV se ha implicado de lleno en la colaboración con distintos organismos e instituciones de distintos ámbitos. Así, es entidad adherida a la Asociación Hipotecaria Española (AHE), y forma también parte de entidades internacionales tan relevantes como el International Valuation Standards Council (IVSC, organismo encargado de establecer las normas internacionales de valoración), la International Ethics Standards Coalition (IESC, coalición encargada del establecimiento de las pautas éticas internacionales adaptadas al mundo inmobiliario) y la International Property Measurement Standards Coalition (IPMSC, coalición que desarrolla las normas internacionales de medición de inmuebles). Asimismo, se ha convertido recientemente en miembro observador de la Federación Hipotecaria Europea (EMF-ECBC).

Consciente, asimismo, del papel fundamental de las sociedades de valoración como eslabones de la cadena de financiación de las transacciones inmobiliarias, en la seguridad de esas mismas transacciones y en la promoción de la estabilidad financiera, la AEV se adhirió en 2020 a la iniciativa FINRESP (Centro de Finanzas Responsables y Sostenibles), donde pone a disposición sus ideas y criterios para ayudar a concretar iniciativas de financiación responsable en el paradigma de la sostenibilidad. Asimismo, brinda su participación como entidad colaboradora de la Asociación Madrid Capital Mundial de la Ingeniería, la Construcción y la Arquitectura (MWCC).

Sin duda, una de las áreas de actividad a las que la AEV ha prestado una mayor atención y dedicación en estos años ha sido la de la autorregulación del sector. Firme promotora de la excelencia y la calidad de servicio, la Asociación ha trabajado intensamente para dotar a sus asociados de un conjunto de normas que han servido para afinar, concretar y mantener plenamente actualizados los marcos normativos básicos de la profesión, comenzando por la elaboración de un Código Ético plenamente adaptado a los estándares internacionales.

En el ámbito técnico, han sido numerosos y muy valorados por el resto de actores del mercado los estándares y guías de buenas prácticas en los que los asociados de la AEV han colaborado y a cuyo cumplimiento han querido obligarse en pro de la máxima transparencia, calidad e independencia de su trabajo. Para su elaboración, se ha contado con las sugerencias de las autoridades responsables de la regulación y supervisión del mercado hipotecario (principalmente, el Banco de España), tomando como punto de partida las mejores prácticas internacionales.

Entre los más relevantes, podríamos citar el Estándar para la Normalización de Comparables —que ha implantado unos exigentes requisitos de información para asegurar la calidad y vigencia de los testigos empleados en las valoraciones—, el Estándar para la Emisión de Condicionantes y Advertencias —que ha permitido armonizar los criterios según los cuales diversas situaciones físicas, registrales, urbanísticas y legales de los inmuebles deben ser recogidas y tratadas en las valoraciones—, o el Estándar de Valoración mediante Modelos Automatizados (AVM) —que ha sentado las bases para que este tipo de herramientas proporcionen valoraciones robustas de las carteras de garantías de las entidades financieras—.

Estos son solo tres ejemplos del compendio de más de una decena de guías que la AEV pone a disposición, no solo de sus asociados, sino de cualquier interesado, que las puede consultar libremente en la página web de la Asociación. No en vano, la AEV ha sido desde sus comienzos firme defensora de la transparencia en el mercado inmobiliario, por lo que no ceja en su empeño por dar a conocer al público general cómo son y cómo se hacen las valoraciones. En este mismo sentido, es bien conocido su Observatorio de la Valoración, que en sus más de quince ediciones viene analizando, con el máximo rigor y detalle, la situación del mercado inmobiliario en los últimos años. Asimismo, ha aprovechado la potencialidad de las redes sociales para ir dando a conocer, de manera sencilla y didáctica, diversos aspectos relacionados con la actividad de la tasación, para hacer más accesible y cercana una disciplina técnica tan compleja como esta, y pone a disposición de la prensa, nacional y extranjera, todos estos conocimientos y su capacidad de análisis de la situación inmobiliaria.

También en pro de la transparencia la AEV ha participado en otras iniciativas, como son la instauración de convenios de colaboración con la Administración para la elaboración de estadísticas a partir de los datos proporcionados por sus asociados, así como la puesta en marcha de iniciativas sectoriales como la del Panel de Precios, un espacio común que presenta la información sobre los precios de la vivienda en España elaborada por diferentes instituciones, públicas y privadas, así como por asociaciones vinculadas al sector inmobiliario.

En definitiva, en sus diez años de andadura la AEV ha trabajado incansablemente, como está dispuesta a seguir haciéndolo en lo sucesivo, para lograr que la valoración rigurosa, la independencia de criterio y la práctica profesional ética y transparente sean las guías del sector, y para poner a disposición de la sociedad conocimientos y herramientas útiles para alcanzar un mercado inmobiliario más eficiente, transparente y seguro.

Sirva esta síntesis para agradecer a todas y cada una de las personas que, en representación de sus respectivas compañías, han brindado su tiempo y conocimientos a la AEV, por su dedicación, generosidad y esfuerzo para lograr un sector más unido, profesional y preparado para el futuro.

Nuestros asociados, de cerca: Tasvalor

Hoy, en la sección #NuestrosAsociadosDeCerca, publicamos una nueva entrevista, para que conozcáis a las sociedades de tasación que componen nuestra asociación.

En esta ocasión estaremos con Emilio Gámir Casares, Presidente del Grupo Tasvalor.

No os perdáis todo lo que tiene que contarnos.

Tasación y eficiencia energética

En un contexto en el que la sostenibilidad es un parámetro cada vez más importante en todas nuestras actividades y decisiones, tanto personales como empresariales, un término con el que cada vez estamos más familiarizados es el de la “eficiencia energética” de los inmuebles. Como no podía ser de otra manera, se trata de un aspecto que, en la medida que va siendo tomado en cuenta por el mercado, tiene también una repercusión concreta en las valoraciones profesionales. A continuación, te ofrecemos una infografía con algunas definiciones y datos interesantes sobre la eficiencia energética y su relación con las tasaciones: 

¿Qué es un inmueble eficiente? Aquel que logra proporcionar confort a sus ocupantes empleando la menor cantidad posible de energía. 

¿Qué diferencia existe entre eficiente y sostenible? La eficiencia energética es uno de los múltiples componentes de la sostenibilidad. Este es un concepto más amplio, que tiene en cuenta todos aquellos criterios y actitudes que permiten que las necesidades del presente se cubran sin comprometer las necesidades de las generaciones futuras. Por ejemplo: un inmueble sostenible, además de ser energéticamente eficiente, estaría diseñado para mitigar o adaptarse al cambio climático, y contribuiría a un mejor funcionamiento de la comunidad o sociedad a la que sirve. 

¿Qué ventajas tiene adquirir y utilizar inmuebles eficientes?

Entre sus ventajas de tipo personal, se encontrarían: 

  • Disfrutar de más confort térmico y acústico en el interior de las edificaciones. 
  • Gozar de una mejor protección de la salud de los ocupantes. 
  • Contribuir a la protección del medio ambiente. 

Por otra parte, también existen ventajas económicas asociadas a una mayor eficiencia: 

  • Entre las que puedes experimentar ya en la actualidad, estarían los ahorros logrados gracias a la disminución de la factura de los consumos energéticos, y las posibles condiciones ventajosas que ofrecen muchas entidades financieras a la hora de obtener un préstamo hipotecario. 
  • Entre las que tienen que ver con preparación ante el futuro próximo, estarían la protección frente a las potenciales pérdidas de valor del inmueble que podrían tener lugar en aquellos menos eficientes, la menor vulnerabilidad ante subidas del precio de la energía o ante retrasos o mermas en su suministro, y la protección frente a posibles penalizaciones fiscales que tengan lugar para las viviendas que más recursos consuman. 

¿Cómo puedo mejorar la eficiencia de mi inmueble actual? Existen diferentes tipos de reformas que pueden ayudar a mejorar el rendimiento energético de un inmueble, desde la sustitución de equipos ineficientes por otros más modernos (caldera, equipos de aire acondicionado, etc.), hasta obras de mejora del aislamiento de muros y cubiertas, sustitución de las carpinterías exteriores, etc. 

¿Con qué instrumentos cuento para evaluar la eficiencia de mis inmuebles? El Certificado de Eficiencia Energética es el documento técnico mediante el que se evalúa el rendimiento de los inmuebles (calificándolo con letras desde la A hasta la G), y con el que se puede estudiar la potencial mejora de dicho rendimiento en función de las mejoras que se acometan. Es importante contar con un CEE riguroso, realizado a partir de una inspección y medición presencial del inmueble. 

¿Cómo afecta la eficiencia energética de mi inmueble a su valor de tasación?  La eficiencia energética se toma en cuenta como parámetro en las valoraciones en tanto en cuanto el propio mercado es —y será cada vez más— sensible a esta cualidad. En efecto, se va paulatinamente detectando que los inmuebles más eficientes se venden a precios más altos o que, por el contrario, los menos eficientes ven penalizado su valor por pérdida de demanda. Así, en las tasaciones se trata de emplear comparables que tengan un nivel de eficiencia similar al del inmueble que se valora, y se considera también si esta característica puede influir sobre el futuro nivel de ingresos, las necesidades periódicas de renovación o el nivel de ocupación de los inmuebles que son económicamente explotados (como, por ejemplo, los alquilados). Por tanto, los valores de tasación son sensibles al impacto de la eficiencia. 

International Valuation Standards Council nos felicita por apoyar la valoración en España

Ya han posado 20 años desde la aprobación de la Orden ECO 805/2003. Y por ello, Nick Talbot, Chief Executive del IVSC, International Valuation Standards Council (el organismo internacional de creación de estándares de valoración) felicita a AEV y ATASA por esta efeméride y por contribuir al desarrollo de la actividad de la valoración en España.

¡No te pierdas el vídeo!

 

 

Nuestros asociados, de cerca: Taxo Valoración

Hoy, en la sección #NuestrosAsociadosDeCerca, publicamos una nueva entrevista, para que conozcáis a las sociedades de tasación que componen nuestra asociación.

En esta ocasión estaremos con José Antonio López, Director General de Taxo Valoración.

No os perdáis todo lo que tiene que contarnos.

¡Y felicidades a Taxo Valoración por sus 25 años!

La valoración de edificios en rehabilitación

Si de un tiempo a esta parte ha habido un tema en boga en el ámbito inmobiliario, este es, sin duda, el de la rehabilitación. Después de un periodo bastante extenso durante el que han primado las necesidades de ampliación del parque inmobiliario, y en el que hemos sido testigos del crecimiento del tamaño de las ciudades, hoy en día la mentalidad colectiva se ha focalizado en la importancia (o casi diríamos la urgencia) de regenerar los tejidos urbanos envejecidos y de dotar de una nueva vida a las edificaciones ya existentes. De hecho, tal y como se señala en la Guía Ciudadana de Impulso a la Rehabilitación del Observatorio 2030 del CSCAE, más del 80% del parque edificado en España tiene más de veinte años de antigüedad, lo que lo convierte en el más envejecido de Europa. 

En este contexto, resulta de interés conocer cómo se analiza un proceso de rehabilitación desde el punto de vista de una valoración, así como qué valor añadido aporta en la toma de decisiones la intervención de expertos en esta materia. 

Como bien se define en la Guía del CSCAE, la rehabilitación es “el proceso por el cual un edificio mejora sus prestaciones, lo que repercute en la mejora de la calidad de vida de las personas que lo habitan. Esta mejora puede deberse a aspectos relacionados con la salud y el bienestar, la seguridad o la habitabilidad, pero también incluye otros aspectos que, de manera secundaria, repercuten en la calidad de vida de los habitantes, como pueden ser el ahorro de energía o el aumento del valor patrimonial del inmueble”. En efecto, los motivos para llevar a cabo una rehabilitación pueden ser múltiples: desde el mero deseo de redistribuir los espacios de un edificio, renovando la calidad y el estilo de sus acabados, hasta la necesidad de subsanar defectos o deterioros en sus elementos constructivos e instalaciones que puedan estar generando incomodidades de muchos tipos (goteras, ruidos, pérdidas de calor y frío, corrientes, grietas, etc.). 

Sean cuales sean estos motivos, suponen la puesta en marcha de un proceso tan laborioso y complejo (a veces, incluso, más) que el de la construcción de un edificio. De hecho, podemos distinguir una rehabilitación de una mera reforma por su magnitud. En particular, la normativa de valoración para fines hipotecarios considera rehabilitaciones aquellas obras de mejora que, para su inicio, requieren de la redacción de un proyecto y la obtención de una licencia, y en las cuales se ve alterada al menos un 50% de la superficie edificada, por un presupuesto de, al menos, el 50% del valor de reemplazamiento del edificio en su estado actual. 

Ante una intervención de semejante importancia, sin duda la toma de decisiones necesita verse acompañada de un asesoramiento profesional sobre cuál es el valor de mercado actual de la edificación y, en especial, sobre cómo dicho valor puede variar una vez finalizadas las obras, de manera que se pueda verificar si el aumento de valor patrimonial compensa o supera el coste de la inversión. En este sentido, una valoración profesional resulta de una ayuda inestimable, ya que en ella se pueden expresar ambos tipos de valores: por una parte, el denominado “valor actual” del inmueble y, por otro, el “valor en la hipótesis de edificio terminado”, que es como la normativa española se refiere a aquel valor que se calcula suponiendo que el inmueble se encuentra acabado conforme al proyecto de rehabilitación que se ha planteado. 

Así, este último se suele determinar empleando comparables de mercado de reciente construcción o rehabilitación, con calidades y superficies similares a las que tendrán las viviendas una vez renovadas. Por su parte, el valor actual se puede calcular tanto utilizando comparables (si existen en la zona) de inmuebles en mal estado o pendientes de renovación, como, alternativamente, deduciendo del valor en hipótesis de edificio terminado todos los costes y gastos necesarios para acometer las obras, así como el porcentaje de beneficio del promotor que lleva a cabo la intervención. 

Lo que en cualquier caso resultará imprescindible para el valorador es contar con un proyecto bien definido de la actuación que se va a llevar a cabo, de manera que se pueda estimar con precisión el valor del producto final, conforme a las características que éste tendrá y que sean relevantes para el mercado: calidades, nivel de eficiencia energética, orientación, vistas, superficies, instalaciones, etc. Y es que las cualidades particulares de cada proyecto (el estado del inmueble del que se parte, y el tipo de producto que se pretende obtener) son clave para definir el potencial incremento de valor patrimonial que se puede lograr. De hecho, resulta complicado proporcionar cifras generales o medias de cuál puede ser este aumento de valor, puesto que dependerá de si el inmueble original se encuentra más o menos deteriorado, así como de su ubicación y calidad, y de las características y calidades del producto final que se pondrá a la venta. 

En definitiva, solamente una valoración individual que tenga en cuenta la intervención concreta que se pretende llevar a cabo puede arrojar suficiente certeza sobre el incremento de valor que se puede lograr en una rehabilitación, así como sobre si dicho incremento compensa los costes que se deben acometer, por lo que resulta de la máxima utilidad contar con el asesoramiento de una compañía profesional y experta en este campo, como son las sociedades de valoración. 

 

 

Nuestros asociados, de cerca: Gloval Valuation

Hoy, en la sección #NuestrosAsociadosDeCerca, publicamos una nueva entrevista, para que conozcáis a las sociedades de tasación que componen nuestra asociación.

En esta ocasión estaremos con Estanislao de K. de la Quadra-Salcedo, Director General de Gloval Valuation.

No os perdáis todo lo que tiene que contarnos.

¡Esperemos que lo disfrutéis!

 

 

 

 

¿Qué documentación se debe aportar para una tasación?

Entre las posibles dudas que nos pueden surgir cuando vamos a iniciar el proceso de tasación de un inmueble, puede aparecer esta: ¿necesitaré proporcionar algún documento al tasador? Y es que, aunque en el caso más habitual (la valoración de viviendas) los requisitos documentales no son elevados, en función del tipo de inmueble y del uso que se esté haciendo del mismo los requerimientos aumentan, tal y como puedes comprobar en la siguiente infografía: 

La documentación con la que se necesita contar para realizar una tasación hipotecaria se encuentra definida en el artículo 8 de la Orden ECO 805/2003. Así, el requisito común para cualquier tipo de inmueble es la aportación de documentación registral, necesaria para llevar a cabo una identificación correcta de aquello que se va a valorar. Y es que, como hemos comentado en otras ocasiones, mediante una tasación hipotecaria se certifica el valor de una o varias fincas registrales, que son aquellos objetos de derecho sobre los cuales va a quedar gravada e inscrita la hipoteca. Por tanto, la primera comprobación que lleva a cabo el tasador es si la descripción del inmueble que figura en la documentación registral coincide con la realidad que percibe durante la inspección presencial (en cuanto a dirección, linderos, superficie y otras características). Por ello, se le deberá aportar una certificación registral o nota simple de menos de tres meses de antigüedad, o bien una fotocopia del libro de Registro de la propiedad o de la escritura de propiedad. 

Asimismo, es un requisito general la aportación de documentación catastral, es decir, de la Consulta Descriptiva y Gráfica del inmueble que se puede obtener en la Sede Electrónica del Catastro, si bien ésta suele ser obtenida directamente por el propio tasador. En algunas ocasiones, cuando la documentación registral induce algún tipo de dudas de identificación, el tasador puede solicitar que se le aporte un recibo del IBI o una Certificación Catastral en la que se pueda comprobar que el titular registral de la finca valorada coincide con el titular catastral del inmueble visitado. 

A partir de aquí, los requisitos documentales se van incrementando en función de las distintas circunstancias del inmueble valorado: 

  • Así, si el inmueble está alquilado o tiene cedido su uso, se debe proporcionar para su valoración el contrato de alquiler y un justificante o recibo del pago de la última renta, que se emplearán para determinar el valor del inmueble por el método de actualización de rentas. 
  • En caso de que el inmueble esté sujeto a algún tipo de protección oficial (por ejemplo, las viviendas de VPO), se necesitará contar con la cédula de calificación, o documentación oficial en la que se acredite el valor máximo legal y el plazo de duración de la protección. 
  • Si el inmueble, en caso de tratarse de un edificio, se encuentra en fase de proyecto o construcción, se solicitará toda la documentación para comprobar las características y legalidad del proyecto, así como el estado de avance de las obras. 

Por último, se establecen algunos requisitos para determinados tipos particulares de inmuebles: 

  • Tanto si se valoran locales, oficinas u otros elementos (distintos de viviendas y garajes) pertenecientes a un edificio, como si se valora un edificio completo, se deberán aportar los estatutos de la comunidad de propietarios, a fin de verificar si éstos limitan de alguna forma los usos y actividades que se pueden realizar en el mismo. En este último caso, se requerirá también la documentación del seguro de daños materiales. 
  • Tanto en explotaciones económicas (por ejemplo, hoteles, centros educativos y sanitarios, fábricas, etc.) como en fincas rústicas, es necesario contar con documentación que acredite cuál es el rendimiento económico que se obtiene por su explotación. Adicionalmente, en fincas rústicas se debe proporcionar la documentación que resulte relevante para acreditar su régimen de explotación y los derechos de riego que les afectan. 
  • Finalmente, para la valoración de terrenos se debe contar con una cédula urbanística, o documentación equivalente en la que se acredite la clase de suelo, y en su caso, su aprovechamiento urbanístico y las condiciones para su desarrollo.

Como se puede comprobar, los requisitos de documentación establecidos por la normativa responden a la necesidad de verificar si existe sobre el inmueble cualquier condición o circunstancia que pueda afectar a su valor, por lo que es esencial que se facilite la disposición de todos estos documentos al tasador para obtener una valoración correcta y precisa. 

Nuestros asociados, de cerca: Cohispania

Hoy, en la sección #NuestrosAsociadosDeCerca, publicamos una nueva entrevista, para que conozcáis a las sociedades de tasación que componen nuestra asociación.

En esta ocasión estaremos con Eduardo Serra Gesta, Presidente de Cohispania.

No os perdáis todo lo que tiene que contarnos.

¡Esperemos que sea de vuestro interés!

¿Por qué es beneficiosa y cómo es autorregulación del sector de la tasación?

En numerosas ocasiones hemos hablado de las normas (leyes y reglamentos) que establecen la forma de elaborar las valoraciones y el funcionamiento de las sociedades de tasación. Sin embargo, quizás resulte menos conocido que, además de este marco legislativo, el sector de la valoración cuenta asimismo con un compendio propio de normas técnicas y organizativas que libremente se ha otorgado a sí mismo y que de manera continua actualiza y mejora. Este conjunto de autorregulaciones ha sido, de hecho, uno de los principales focos de trabajo de la AEV desde su fundación.

El hecho de que la realidad inmobiliaria, nacional e internacional, sea tan variada y cambiante en función de las circunstancias impide, en muchas ocasiones, que la legislación recoja, con todo el detalle y actualidad posibles, las matizaciones y concreciones que serían necesarias para ir adaptando la práctica de la valoración a dichas circunstancias. Ejemplos de esto serían la reciente necesidad de reconocer los factores medioambientales que afectan a los inmuebles (de cara a la clasificación de los riesgos de las entidades financieras y para el cumplimiento de los objetivos de renovación del parque inmobiliario en Europa, mediante la inyección de fondos públicos), la introducción de nuevos requisitos en la regulación prudencial bancaria internacional (creación del concepto de “valor prudente”) o la actual situación Europea de grandes desequilibrios e impactos económicos coyunturales y estructurales.

En este entorno, la AEV considera que una de sus funciones principales de servicio a la sociedad es interpretar, concretar y adaptar al entorno español todas las iniciativas y tendencias que se van desarrollando, no con la intención de sustituir la legislación, sino de adaptar su cumplimiento a los nuevos escenarios. Por ello, todos sus asociados asumen un firme compromiso de actuar conforme a unos criterios estrictamente técnicos y éticos, de forma que se aporte valor tanto al sistema financiero como a los usuarios de los servicios.

En este sentido, hay que recordar que la disciplina de la valoración se rige por un conjunto de principios y normas de ámbito internacional, dictadas por organismos como el IVSC (International Valuation Standards Council), la IPMSC (International Property Measurement Standards Coalition) y la IESC (International Ethics Standards Coalition), que establecen las pautas generales sobre cómo deben elaborarse las valoraciones, con qué criterios deben medirse los inmuebles valorados y bajo qué principios éticos deben actuar los valoradores. Adicionalmente, en España contamos con normas nacionales destinadas a regular las valoraciones realizadas en determinados ámbitos, como el hipotecario (la Orden ECO 805/2003) y el de revisión de los valores de los activos bancarios (Circulares del Banco de España). Por tanto, cuando se elaboran estándares y guías, la AEV tiene en cuenta y cumple con este conjunto de principios internacionales y de normas nacionales. Por otra parte, cada vez que se elabora una propuesta de autorregulación, se somete a la opinión y sugerencias de autoridades como el Banco de España, principal supervisor de la actividad de las sociedades de tasación homologadas.

Buscando siempre promover la excelencia y potenciar la máxima calidad de las valoraciones, la AEV ha trabajado intensamente para crear un conjunto de normas cuyo propósito principal es, por una parte, concretar o particularizar determinados aspectos de las normativas existentes y, por otra, mantener plenamente actualizadas las prácticas de la profesión, adaptándola al ritmo de avance de las leyes, la tecnología y la sociedad. Todas ellas están encabezadas por una norma de ámbito deontológico, el Código Ético de la AEV, aprobado en julio de 2013 y revisado en varias ocasiones para asegurar su plena vigencia y adaptación a los principios internacionales. Dicho Código Ético tiene por objeto establecer los valores y principios éticos que deben regir la actuación de las compañías asociadas a la AEV, así como las pautas generales de conducta a seguir por sus administradores, directivos y empleados.

Por su parte, en el ámbito técnico y metodológico de las valoraciones, así como en el organizativo de las sociedades de tasación, se han elaborado un número relevante de estándares y guías de buenas prácticas, que se encuentran a disposición de cualquier interesado en la página web de la AEV y que versan sobre cuestiones como las siguientes:

  • Los medios técnicos y humanos que son necesarios para abordar actividades de Valoración.
  • Los requisitos mínimos de información y comprobaciones a realizar sobre los testigos empleados en las valoraciones, de cara a garantizar su calidad.
  • Los criterios para tomar y reportar las medidas de los inmuebles, según los principios de los estándares internacionales IPMS.
  • Los criterios según los cuales diversas situaciones físicas, registrales, urbanísticas y legales de los inmuebles deben ser recogidas y tratadas en las valoraciones.
  • Las bases metodológicas para asegurar la robustez de las valoraciones de carteras llevadas a cabo mediante el uso de modelos estadísticos.
  • Los procedimientos y criterios armonizados para considerar correctamente identificada físicamente una finca registral.
  • Los aspectos metodológicos concretos a aplicar para la utilización de determinados métodos de valoración.
  • Las políticas y buenas prácticas a adoptar por las sociedades de tasación para asegurar una gobernanza acorde con criterios de sostenibilidad.
  • Etc.

Actualmente, la AEV sigue trabajando tanto en la generación de nuevos estándares como en la actualización y mejora de los existentes, con el propósito de asegurar la máxima calidad de las valoraciones y de garantizar el rigor, la independencia y la profesionalidad de todos los asociados. En este sentido, aspiramos a que la sociedad tenga en cuenta esta capacidad de trabajo y análisis de cara a la definición de futuras normas y, sobre todo, para intervenir en el seguimiento y mejora de las medidas que en cada caso se pongan en marcha, en forma de colaboración público-privada eficaz, económica y ajustada a las mejores prácticas europeas y mundiales.

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